23 feb 2017

CUANTÍA DE LA PENSIÓN DE ORFANDAD

¿Cuál es la cuantía de la pensión de orfandad?



  • Es el 20% de la base reguladora del causante.

  • Además si el fallecimiento ha sido debido a accidente de trabajo o enfermedad profesional, se concede una indemnización a cada huérfano de una mensualidad de la base reguladora.


  • ¿Existe alguna especialidad en la cuantía en los casos de orfandad absoluta?

    Sí, si no existen progenitores se incrementan las prestaciones que corresponden al huérfano, si se dan estos requisitos:
  • Cuando a la muerte del causante no exista beneficiario de la pensión de viudedad, la pensión de orfandad se incrementa con el importe de aplicar a la base reguladora el 52%.
  • Si existiese algún beneficiario de la pensión de viudedad, la pensión de orfandad se incrementará con el porcentaje de la pensión de viudedad que no hubiese sido asignado.
  • Cuando fallezca el progenitor sobreviviente, la pensión de orfandad se incrementará con el porcentaje que tenía asignado la extinguida pensión de viudedad.
  • En cualquiera de los tres supuestos, si existen varios huérfanos el incremento se distribuirá entre ellos, a partes iguales.
  • En caso de fallecimiento por accidente de trabajo o enfermedad profesional, la indemnización que corresponda a los huérfanos absolutos se incrementará con la que hubiera correspondido al cónyuge o pareja de hecho del fallecido.

  • ¿Tenéis alguna pregunta? Escribidnos a nuestro correo, lo tenéis en CONTACTO.

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