¿Qué es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados?
Se trata de un Impuesto que grava, fundamentalmente, ciertos tipos de documentos notariales.
¿Quiénes están obligados a declarar este Impuesto?
Los adquirentes de bienes y derechos que documenten sus adquisiciones en escrituras notariales.
Las personas que insten documentos notariales.
Las personas en cuyo interés se expidan los documentos notariales. ¿Qué requisitos ha de cumplir el documento
Ha de tratarse de primeras copias de escrituras notariales.
Ha de tener por objeto una cantidad o una cosa evaluable, económicamente.
Ha de contener actos o contratos inscribibles en alguno de los siguientes Registros: de la Propiedad, Mercantil, de la Propiedad Industrial y de Bienes Muebles.
No ha de estar sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones o de Transmisiones Patrimoniales.
Cuando sean escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, se considerará sujeto pasivo, es decir, la persona que debe abonar el impuesto, al prestamista, esto es, la Entidad que presta el dinero; porque tras la última reforma que se ha producido en la legislación hipotecaria, a consecuencia del conflicto de los gastos hipotecarios, antes era el prestatario, es decir, la persona que recibía el préstamo el que abonaba el Impuesto.
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