16 jul 2013

COSA JUZGADA

¿Qué significa cosa juzgada?


Es la imposibilidad de decidir en un juicio posterior lo que ya ha sido objeto, y ya fue resuelto por Sentencia firme, en un juicio anterior.

Las sentencias firmes, aquellas contra las que no se puede presentar ningún recurso, producen efectos de cosa juzgada. Posteriormente, no es admisible, entre las mismas partes, presentar una demanda sobre lo ya juzgado y decidido; p.ej: reclamando una cantidad debida, aunque la sentencia del primer juicio fuese desestimatoria, y posteriormente, se disponga de nuevas pruebas, que pudieran servir para fundamentar la reclamación. Esto es así, por razones de seguridad jurídica, evitando que la discusión jurídica se prolongue indefinidamente, al iniciarse nuevos procesos sobre lo que ya ha sido definido o determinado por los Juzgados y Tribunales; y, al mismo tiempo, evitar que se produzcan sentencias o resoluciones contradictorias.
                                                             

9 jul 2013

HOY ME PREGUNTARON

¿Hasta cuándo hay que pagar la pensión de alimentos al hijo,  después del divorcio?

Una vez que por la Sentencia de separación o divorcio se ha fijado la pensión alimenticia  a favor del hijo/s, el que la esté pagando, tendrá que seguir haciéndolo, teóricamente hasta que el hijo sea independiente económicamente y no la necesite para su subsistencia. Si el padre que la paga quiere su extinción, ha de acudir a un procedimiento de modificación de medidas de la sentencia dictada en el divorcio, pidiendo la supresión de la pensión. También  de mutuo acuerdo, podrá firmarse un documento en el que se pacte la extinción de dicha pensión. La Ley no fija un plazo concreto en el que la pensión alimenticia desaparece, y ello no depende de la edad del hijo, de modo que si este cumple 18, 21 o 25 años se extingue automáticamente, esto no es así,dado que al venir fijada en una Sentencia, sólo mediante una nueva Sentencia, que así lo declare, desaparece la obligación de pago de la misma.