23 ene 2014

REQUISITOS DE LA JUSTICIA GRATUITA

LA JUSTICIA GRATUITA

¿Qué es el derecho a la justicia gratuita?





La Constitución Española, aquí hablamos de nuestra vigente Constitución, establece en su artículo 119, que la Justicia será gratuita para quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.

¿Quién tendrá derecho a justicia gratuita?


Los españoles, los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros de otros países, que residan en España.

¿Qué supone este derecho?


La defensa y representación gratuita en asuntos civiles, laborales, contencioso-administrativos, nombrándose un abogado y procurador de oficio, y también un perito cuando sea necesario.

El nombramiento de abogado para la defensa en asuntos penales.

El no tener que pagar los gastos de anuncios, expedición de copias, testimonios, los depósitos necesarios para presentar recursos etc.

¿Cómo se reconoce el derecho a la justicia gratuita?


  • La Ley establece las condiciones necesarias para que se otorgue este derecho.

  • La solicitud de justicia gratuita se presentará en los Servicios de orientación jurídica, S.O.J.O. (pueden tener otras denominaciones, según la Comunidad) que las Comunidades Autónomas tienen instalados en los Colegios de Abogados de su territorio, o en los edificios judiciales.


  • ¿Cuáles son los requisitos para la justicia gratuita?

    Que los recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente, por todos los conceptos y por unidad familiar, no superen:
  • 2 veces el IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples, vigente en el momento de efectuar la solicitud), para personas solas.

  • 2 veces y media el IPREM, para unidades familiares de menos de 4 miembros.

  • El triple de dicho indicador, para familias de 4 o más miembros.
  • Por unidad familiar se entiende, la integrada por cónyuges no separados legalmente e hijos menores, en su caso, y las parejas de hecho y sus hijos menores.

    ¿Qué es el IPREM?


    Es el índice de referencia que se utiliza para el cómputo de los ingresos a los efectos de solicitud de becas, reconocimiento del derecho de justicia gratuita, cálculo y acceso a prestaciones sociales etc.

    ¿Cuál es la cuantía del IPREM para el 2017?


    La cuantía del IPREM en 2017, tras la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales de 2017, ha subido un 1% respecto a las cifras de 2016. Queda así:
  • IPREM diario: 17,93 euros/día.
  • IPREM mensual: 537,84 euros/mes.
  • IPREM anual: 6.454,03 euros/año.
  • IPREM en cómputo anual (incluye prorrata de pagas extraordinarias): 7.519,59 euros.



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