El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, hoy vamos a ocuparnos de los tipos de gravamen del referido impuesto
Para terminar con el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, vamos a ver el porcentaje que se aplica al valor declarado y que será lo que el contribuyente tiene que abonar a la Axencia Tributaria de Galicia.
¿Cuál es el tipo de gravamen general?
El 10% en el caso de transmisiones de bienes inmuebles.
El 8% en el caso de transmisión de bienes muebles y semovientes.
¿ Cuál es tipo de gravamen en caso de adquisición de vivienda habitual ?
El tipo aplicable varía respecto al general cuando se trate de la adquisición de la vivienda habitual, y también si el adquirente es menor de 36 años o tiene algún grado de discapacidad.Que la suma del patrimonio de los adquirentes del inmueble que va a constituir su vivienda habitual, y de los demás miembros de la unidad familiar, no exceda de 200.000 euros, más 30.000 euros más, por cada miembro de la unidad familiar que exceda al primero.
La adquisición de la vivienda habitual deberá documentarse en escritura pública, en la que se hará constar de manera expresa la finalidad de destinarla a vivienda habitual.
En la siguiente entrada seguiremos viendo los tipos de gravamen en la adquisición de la vivienda habitual.
El tipo aplicable varía respecto al general cuando se trate de la adquisición de la vivienda habitual, y también si el adquirente es menor de 36 años o tiene algún grado de discapacidad.
Será del 7% en las transmisiones de inmuebles que vayan a constituir la vivienda habitual del contribuyente, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
En la siguiente entrada seguiremos viendo los tipos de gravamen en la adquisición de la vivienda habitual.
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