16 jul 2013

COSA JUZGADA

¿Qué significa cosa juzgada?


Es la imposibilidad de decidir en un juicio posterior lo que ya ha sido objeto, y ya fue resuelto por Sentencia firme, en un juicio anterior.

Las sentencias firmes, aquellas contra las que no se puede presentar ningún recurso, producen efectos de cosa juzgada. Posteriormente, no es admisible, entre las mismas partes, presentar una demanda sobre lo ya juzgado y decidido; p.ej: reclamando una cantidad debida, aunque la sentencia del primer juicio fuese desestimatoria, y posteriormente, se disponga de nuevas pruebas, que pudieran servir para fundamentar la reclamación. Esto es así, por razones de seguridad jurídica, evitando que la discusión jurídica se prolongue indefinidamente, al iniciarse nuevos procesos sobre lo que ya ha sido definido o determinado por los Juzgados y Tribunales; y, al mismo tiempo, evitar que se produzcan sentencias o resoluciones contradictorias.
                                                             

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