¿Qué se entiende por finca a los efectos de permuta forzosa?
Es el trozo de terreno, delimitado por una línea poligonal y perteneciente a un solo propietario o a varios en común.
¿Qué se entiende por enclavado a los efectos de esta Ley?
Tendrán la consideración de enclavados las parcelas o grupos de parcelas en que concurran dos requisitos:Que, individualmente o en conjunto, estén comprendidas en el área de otra finca.
Que, individualmente o en conjunto, aunque no estén totalmente comprendidas en el área de otra finca, tengan con ella linderos comunes superiores al 70% de su perímetro.
Que separe dos o más fincas, pertenecientes a otros propietarios, de tal manera que tengan linderos comunes superiores al 30% de su perímetro con las fincas entre las que están situadas.
Por otro lado, en cuanto a la situación jurídica, ha de darse una de estas circunstancias:Que la parcela o grupo de parcelas pertenezcan a distinto dueño que la finca circundante o fincas por ellas separadas.
Que la parcela o grupo de parcelas, en el caso de que pertenezcan al mismo dueño que la circundante o que las fincas separadas por aquellas, estén siendo poseídas por otra persona que sea titular de un derecho real de disfrute o de arrendamiento o aparcería.
Tendrán la consideración de enclavados las parcelas o grupos de parcelas en que concurran dos requisitos:
Por un lado, en cuanto a la situación física, tiene que darse alguna de estas tres situaciones:
Por otro lado, en cuanto a la situación jurídica, ha de darse una de estas circunstancias:
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