Para terminar con las pensiones de incapacidad, vamos a hacer referencia a las lesiones permanentes no invalidantes
¿En qué consiste esta prestación?
Es una indemnización a tanto alzado, que se reconoce a un trabajador, por las lesiones, mutilaciones o deformidades definitivas, derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, y que sin llegar a constituir incapacidad permanente, supongan una disminución o alteración de la integridad física del trabajador, siempre que estén recogidas en el Baremo establecido.
¿En qué consiste la pensión de viudedad?
Es una pensión vitalicia que se concede a aquellas personas que hayan tenido vínculo matrimonial o fueran pareja de hecho con el fallecido.
¿Qué requisitos se exigen para tener derecho a esta prestación?
Además de los requisitos generales de afiliación, alta y cotización, en determinados supuestos, se deben acreditar otros requisitos: Así, en el supuesto de fallecimiento por enfermedad común anterior al matrimonio, el cónyuge sobreviviente, deberá acreditar:
La existencia de hijos comunes .
Que el matrimonio se hubiera celebrado con un año de antelación al fallecimiento. No se exige esa duración del vínculo matrimonial, cuando a la fecha de celebración del mismo, se acredite un período de convivencia con el fallecido como pareja de hecho que, sumado al de duración del matrimonio, hubiera superado los dos años.
Cuando el cónyuge no acredite uno de estos dos requisitos, puede acceder a una pensión temporal de viudedad.
¿Cuál es la cuantía de esta pensión?
Con carácter general es el 52% de la base reguladora, aunque en determinados casos y siempre que se cumplan unos requisitos, puede ser el 70% de la base reguladora, aunque de estos casos hablaremos la próxima semana, así como si hay derecho a pensión de viudedad en caso de separación o divorcio.
Es una indemnización a tanto alzado, que se reconoce a un trabajador, por las lesiones, mutilaciones o deformidades definitivas, derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, y que sin llegar a constituir incapacidad permanente, supongan una disminución o alteración de la integridad física del trabajador, siempre que estén recogidas en el Baremo establecido.
Prestaciones por muerte o supervivencia
Es una pensión vitalicia que se concede a aquellas personas que hayan tenido vínculo matrimonial o fueran pareja de hecho con el fallecido.
Además de los requisitos generales de afiliación, alta y cotización, en determinados supuestos, se deben acreditar otros requisitos:
Con carácter general es el 52% de la base reguladora, aunque en determinados casos y siempre que se cumplan unos requisitos, puede ser el 70% de la base reguladora, aunque de estos casos hablaremos la próxima semana, así como si hay derecho a pensión de viudedad en caso de separación o divorcio.
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