19 feb 2015

REGULARIZACIÓN CATASTRAL

EL PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACIÓN CATASTRAL DEL 2013 AL 2016

Procedimiento que las Gerencias territoriales del Catastro, están aplicando, para adaptar el Catastro a la realidad.

En esta entrada y las siguientes de los jueves, iremos viendo en qué consiste este procedimiento y qué se puede hacer frente a las comunicaciones que el Catastro envía a los propietarios.
Procedimiento de Regularización Catastral


¿QUÉ ES EL PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACIÓN CATASTRAL?
Su finalidad es incorporar al Catastro, nuevas construcciones que no figuraban en el mismo, o alteraciones en la estructura de las ya existentes, como cuando se han dado más metros o cambiado el uso de las mismas.

¿CÓMO SE ESTÁ REALIZANDO?
Las Gerencias Territoriales del Catastro, comunican a los propietarios, los nuevos metros, que le dan a la construcción, o al terreno, mayores que los que tenía atribuidos, y su nuevo valor catastral, también superior al que figuraba en el Catastro.

¿QUE OCURRE SI SE ESTÁ CONFORME O NO SE HACEN ALEGACIONES?
La regularización realizada se convierte en definitiva. Habrá que pagar la tasa de 60 € que se impone por el procedimiento. El nuevo valor catastral del inmueble será el que se ha fijado, y consecuencia de ello, es que el siguiente recibo del impuesto de bienes inmuebles, será mayor que el que se venía pagando, dado que le dan mayor valor al bien.

¿DÓNDE SE ESTÁ REALIZANDO?
La regularización catastral, viene realizándose en los municipios de toda España, que la Dirección General del Catastro ha ido fijando en sus resoluciones. El siguiente período y los nuevos ayuntamientos dónde se llevará a cabo, se publicaron en el B.O.E., del 15 y del 22 de diciembre del 2014, para realizarlo hasta el 30 de noviembre del 2015; si bien, estos plazos, suelen ser prorrogados y se incorporan también, nuevos ayuntamientos, en sucesivas resoluciones que se publican en el B.O.E.
¿Tenéis alguna pregunta? Escribidnos a nuestro correo, lo tenéis en CONTACTO.

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