Hoy traigo una noticia, sobre una nueva Sentencia favorable a una titular de participaciones preferentes.
Aquí os dejo un extracto de la noticia, publicada esta semana en el Diario de Ferrol, sobre participaciones preferentes, al que ya dediqué una entrada anterior.
Incluyo también, algunos enlaces de páginas interesantes, para quien quiera profundizar más en este tema y en el de las hipotecas: stop desahucios, afectados por la hipoteca,
usuarios de banca, http://www.facua.org/ http://www.ocu.org/.
Incluyo también, algunos enlaces de páginas interesantes, para quien quiera profundizar más en este tema y en el de las hipotecas: stop desahucios, afectados por la hipoteca,
usuarios de banca, http://www.facua.org/ http://www.ocu.org/.
Nueva condena de un juzgado de Ferrol a Novagalicia Banco por las preferentes
Actualizado 17 Abril 2013.
|
La titular del Juzgado de Primera
Instancia número 2 de Ferrol, Elvira Méndez Ibias, acaba de dictar una nueva
sentencia condenatoria en materia de participaciones preferentes. En el fallo
se establece que Novagalicia Banco tendrá que restituir a una clienta los
30.000 euros que esta invirtió, junto con los oportunos intereses legales desde
la fecha de la suscripción. De la citada suma se deducirán las cantidades que
el banco le abonó durante los años de vigencia del contrato, que,
consecuentemente, queda anulado.
Cuando en el año 2008 la demandante
fue a recuperar los 30.000 euros invertidos, en la oficina bancaria la dijeron
que no los podía recuperar en ese momento, sin más explicaciones.
Por ese motivo solicitó en el
Juzgado la nulidad de pleno derecho del contrato de suscripción de
participaciones preferentes y, en consecuencia, la condena de Novagalicia Banco
a restituirle todo el dinero, más los intereses generados.
La demanda fue admitida a trámite y
la entidad bancaria pidió la desestimación de la misma, argumentando que los
demandantes adquirieron las preferentes para obtener mayor rentabilidad y que
percibieron 7.399,90 euros en concepto de intereses, así como que la acción
había caducado por el transcurso de más de cuatro años.
En base a toda la documentación
aportada, la jueza de Primera Instancia número 2 estimó parcialmente la
demanda, condenando a Novagalicia Banco en los términos antes expresados. El
fallo se fundamenta en que la demandante, clienta de más de 30 años de Caixa
Galicia, firmó el contrato en la creencia de que había suscrito un depósito de
plazo fijo a cinco años. Añade que el matrimonio tenía plena confianza en el
empleado que se las vendió, ya fallecido, que era vecino suyo y que cuando
tenían dinero en la cuenta corriente los llamaba para que lo metieran en otros
productos financieros.
Hace referencia, asimismo, a que la
afectada afirmó que su consentimiento estaba viciado por error, puesto que
Caixa Galicia no le dio la información adecuada para comprender lo que le
estaban ofreciendo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario