26 nov 2014

DENUNCIAR: DONDE, COMO.

dónde y cómo denunciar
PONER UNA DENUNCIA POR ROBO, AGRESIÓN. ¿CÓMO Y DÓNDE HACERLO?

LA DENUNCIA

Los términos denuncia y demanda , se confunden frecuentemente, pero su significado y sus efectos son totalmente diferentes. En la entrada demanda-denuncia expliqué este tema, ahora vamos a centrarnos en la denuncia.
¿Dónde y cómo poner una denuncia?
Se puede presentar en la Guardia Civil, en la Policía Nacional o en el Juzgado de Guardia. Los 365 días del año hay siempre un Juzgado de guardia en cada partido judicial. La Policía nacional, ofrece la posibilidad de presentarla a través de internet, en su página,  tenéis información completa. No se necesita abogado, ni procurador. La denuncia se podrá hacer verbalmente ante el funcionario correspondiente, que la recogerá por escrito, o bien directamente por escrito. En los Juzgados de guardia existen impresos para ese fin. Se harán constar todos los datos de que se disponga respecto al hecho denunciado, y/o  persona a la que se denuncia, lugar, fecha, testigos presenciales etc. Tendrá que firmarse y se entregará una copia al denunciante.
¿Quién puede denunciar?
Toda persona que haya presenciado un hecho aparentemente delictivo puede y tiene obligación de denunciarlo , y por supuesto quien sea la víctima de un delito . Las personas que por razón de su cargo o profesión tengan conocimiento de un presunto delito, deben también denunciarlo. Un médico que atiende a una persona lesionada, que dice que se cayó, pero él, por sus conocimientos y experiencia médica, cree que esas lesiones son el resultado de una agresión, lo denunciará y dará parte al Juzgado de guardia, aunque la persona lesionada no quiera poner denuncia. No tienen obligación de denunciar los familiares directos del presunto culpable, los abogados y procuradores respecto de los hechos de que tengan conocimiento en el ejercicio de su profesión; en virtud del secreto profesional , ni los sacerdotes, por el secreto de confesión.
En el caso de una agresión o una lesión, como la derivada de un accidente de tráfico o de otro tipo, lo primero, será acudir a un centro hospitalario y recibir asistencia médica. El propio centro dará parte al Juzgado de Guardia y ahí habrá que acudir después, a presentar la denuncia y personarse como víctima del hecho, a los efectos de percibir una indemnización por los días de hospitalización, de baja, y de posibles secuelas físicas. En este caso sí hay que hacerlo a través de  abogado y procurador.
¿Presentada la denuncia, qué ocurre?
Si se ha presentado ante uno de los Cuerpos de las Fuerzas de Seguridad del Estado, elaborarán el correspondiente atestado, en el que recogerán todos los datos, informaciones, resultados de las diligencias practicadas, informes de peritos, como sería un análisis de huellas dactilares, fotografías, etc. y lo entregarán en el Juzgado de instrucción correspondiente. Si la denuncia se ha hecho directamente en el Juzgado, éste ordenará la práctica de todas las averiguaciones y diligencias que sean necesarias, que constituyen la fase de instrucción. Si el hecho denunciado es una falta, y están identificadas las personas a llamar, se señalará una fecha para el juicio de faltas y se citará a todos los denunciante/s, denunciado/s y testigos.

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